Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y el camino para volver a cobrar
La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto 4.329 prestaciones por falta de requisitos médicos y fijó plazos distintos para quienes deben completar su documentación.
La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral, en una medida que alcanza a titulares que, según el organismo, no presentaron la documentación necesaria para acreditar la continuidad de su discapacidad. La decisión se formalizó a través de la Resolución 3702/2026.
La norma dejó sin efecto una disposición anterior que había restablecido el cobro de estas prestaciones tras un fallo judicial. Según el texto oficial, la Cámara Federal de Tucumán revocó esa sentencia de primera instancia en febrero de 2026, lo que habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa.
El requisito central y los plazos
Para mantener o recuperar la pensión, el requisito principal es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar en curso.
Además de los 4.329 casos suspendidos, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral. En ese caso, el plazo previsto es de 30 días hábiles.
Qué plazo corre en cada situación
- Titulares suspendidos: 60 días corridos para presentar la documentación faltante. Si no lo hacen en ese período, la prestación no podrá ser rehabilitada.
- Beneficiarios intimados: 30 días hábiles para ampliar la documentación médica que sostiene su incapacidad laboral.
- Quienes dependen de este ingreso para sostener su economía mensual: el plazo empieza a contarse desde la notificación individual que cada uno reciba.
Canales habilitados para presentar la documentación
- Oficinas de atención de ANSES.
- Dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
- Formulario de consultas del Ministerio de Salud, disponible en argentina.gob.ar.
- Plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite "Presentación de Documentación para Pensión Invalidez".
Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago, por lo que el envío completo y en término resulta determinante para el resultado del trámite.
