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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Un proyecto en el Congreso podría gravar con Ganancias a los CEDEARs comprados desde fines de 2026

La iniciativa fijaría una alícuota del 15% y no alcanzaría a las posiciones armadas antes del 31 de octubre de 2026, aunque todavía debe ser aprobada por ambas cámaras.

Por Silvina CoronelEconomía y comercio · · hace 1 h
Un proyecto en el Congreso podría gravar con Ganancias a los CEDEARs comprados desde fines de 2026

Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario busca aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, certificados que replican activos extranjeros y que hoy gozan de una exención. Según lo informado, la alícuota sería del 15% y regiría para los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026. Quienes ya tienen CEDEARs en cartera no quedarían alcanzados de forma retroactiva.

Qué son los CEDEARs

Los CEDEARs se compran y venden en el mercado local, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en el mercado de origen y según el valor del dólar financiero. Por esas características ganaron popularidad entre ahorristas e inversores que buscan dolarizarse sin salir del sistema local.

Qué cambia con la propuesta

Hasta ahora, estos certificados quedan amparados por la misma exención de Ganancias que se aplica a los valores negociables argentinos. El proyecto propone un cambio de lógica bajo el criterio conocido como “transparencia fiscal” o look-through: si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento. La alícuota prevista, según indicó Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios, es del 15%.

  • Quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias.
  • Quien accede al mismo activo mediante un CEDEAR puede hoy quedar exento.
  • Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.
  • La alícuota propuesta es del 15%.
  • El cambio solo alcanzaría a los CEDEARs adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026.
  • Las carteras armadas antes de esa fecha no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.

Para un inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento obtenido y del momento en que haya realizado cada compra. El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley y, hasta que eso ocurra, el régimen de exención sigue vigente.

SC
Silvina CoronelEconomía y comercio

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