Octubre trae nuevas escalas salariales para el personal de concesionarias y una revisión prevista para enero
El acuerdo entre SMATA y ACARA fija montos nominales diferenciados por categoría para el último trimestre del año, con un incremento complementario en diciembre.
Desde el 1° de octubre rigen nuevos salarios para los trabajadores de las concesionarias de autos. El acuerdo alcanzado entre el sindicato SMATA y la cámara ACARA cubre el período comprendido entre octubre y diciembre y se encuadra en el convenio colectivo de trabajo 99/23. A diferencia de otros acuerdos, no aplica un porcentaje único para todos los escalafones, sino que establece montos nominales que varían según la categoría.
Escalas y montos para el último trimestre
Para octubre y noviembre, las escalas comienzan en $1.073.088,67 para los vendedores de planes de ahorro y los vendedores itinerantes de repuestos ubicados en una franja, y ascienden a $1.099.915,89 en la franja siguiente. En diciembre se suma un incremento complementario que se calcula sobre esos valores base. Además del sueldo fijo, el personal de ventas conserva una comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos.
Beneficios y condiciones incluidas
- Antigüedad: escala que parte del 3 por ciento a los dos años de servicio y llega al 39 por ciento a los 26 años.
- Suplemento por idioma extranjero: 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio de un idioma.
- Título habilitante: suplemento del 10 por ciento sobre el básico.
- Zona desfavorable: plus del 20 por ciento para quienes cumplan tareas en la Patagonia, incluidas Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
- Compensación por transporte, público o propio.
- Asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales.
- Subsidios por fallecimiento de familiares directos, calculados sobre la categoría máxima del escalafón.
El acuerdo también establece que las empresas deben encuadrar al menos el 10 por ciento de su dotación en los dos escalafones más altos del convenio.
Homologación y revisión en enero
El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación. Sin embargo, ambas partes precisaron que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial. En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional. ¿Alcanzarán estos valores para sostener el poder adquisitivo de los trabajadores del sector hasta fin de año?
