Las pymes podrán ponerse al día con el Fisco en cuotas hasta mediados de 2027
ARCA amplió el régimen especial de facilidades de pago para MiPymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. Ahora incluye deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026 y la adhesión se extiende hasta el 30 de junio de 2027.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que amplía el plan especial de facilidades de pago dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro. La medida corre dos límites que hasta ahora regían para el régimen original: la fecha de corte de las obligaciones y el plazo para adherirse.
Según detalla la norma, las deudas que pueden regularizarse son ahora las vencidas hasta el 31 de octubre de 2026, en lugar del 30 de junio de 2026. En cuanto al período de adhesión, el plazo original vencía el 30 de diciembre de 2026 y pasa a ser el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden acceder
- Micro y Pequeñas Empresas.
- Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
- Pequeños contribuyentes.
- Determinadas entidades sin fines de lucro.
Las obligaciones alcanzadas incluyen deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026.
Cuotas y condiciones de financiación
Las condiciones de financiación se mantienen respecto del esquema original. Las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.
Cómo y desde cuándo se adhiere
Aunque la resolución ya está vigente, la carga de las nuevas deudas en el sistema « Mis Facilidades » estará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción « Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026 ». Hasta esa fecha, el sistema no permitirá incorporar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio.
El trámite se realiza de forma online a través del servicio « Mis Facilidades » del organismo recaudador.
