Dólares fuera del sistema: cómo funciona el tope de 100 millones para depositarlos con menos trámites
La Unidad de Información Financiera fijó un régimen simplificado para que bancos, billeteras, sociedades de bolsa y escribanos reciban ahorros en divisas que estaban fuera del circuito formal.
Quienes mantienen dólares guardados fuera del sistema bancario podrán ingresarlos con trámites simplificados si se adhieren al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias. La medida establece un tope de 100 millones de pesos anuales, equivalentes a unos 64.000 dólares al tipo de cambio oficial, para acceder a esa diligencia reducida.
La Unidad de Información Financiera publicó una resolución que define cómo deben proceder las entidades cuando un cliente adherido al régimen quiera depositar ahorros que había conservado al margen del circuito formal. Alcanza a bancos, billeteras virtuales, sociedades de bolsa y escribanos.
Qué ocurre por debajo del umbral
El punto central para el ahorrista común es el límite de 100 millones de pesos acumulados en el año calendario. Por debajo de ese monto, la entidad no puede exigir que se documenten todas las compras de divisas realizadas a lo largo del tiempo, ni tratar el depósito en efectivo como una señal de riesgo en sí misma.
Según el abogado tributarista Diego Fraga, una persona que quiera ingresar ahorros equivalentes a 80 millones de pesos, sin otras operaciones computables en el año, no debería reunir los comprobantes de cada compra de divisas. Lo que se mantiene es la obligación de identificarse y de demostrar la adhesión al régimen.
Qué cambia por encima del tope
Cuando el monto supera los 100 millones, la evaluación se vuelve más amplia. La entidad deberá analizar el perfil del cliente, su actividad económica y la razonabilidad de la operación. Aun en ese caso, la adhesión al régimen simplificado debe computarse como antecedente favorable y no puede desestimarse mediante políticas internas genéricas.
Excepciones y protección para los bancos
- Quedan excluidas del beneficio las personas con exposición política.
- Tampoco pueden acceder los grandes contribuyentes nacionales.
- Están fuera del régimen quienes presenten indicios objetivos de operaciones estructuradas para mantenerse artificialmente por debajo del tope anual.
La norma también incluye una cláusula para las entidades: si aplican correctamente los criterios simplificados, se considerará que cumplieron sus obligaciones, aun cuando luego se determine que el cliente no reunía las condiciones. La excepción rige cuando la entidad conocía o debía conocer la situación irregular.
